Copias de Las Escrituras

(Decreto 960 de 1970, Art 83 y siguientes)

Consulta de Protocolo

Los libros del protocolo de la Notaría 11 de Bogotá, de relación y de Índice se pueden consultar durante el horario de atención al público. (Art. 114). En el mismo horario también se solicitara la expedición de certificados, vigencias de poder y constancias.

Copias de Documentos

Los Usuarios pueden igualmente solicitar copias auténticas, totales, simples o parciales de los documentos que reposan en los archivos. (Dec. 960 de 1970 Arts. 79 al 85)

De las escrituras públicas de compraventa se entregan dos (2) copias así:

  • Una copia completa con todos los anexos para el usuario
  • Una copia simple con destino a la Oficina de Registro de Instrumentos públicos respectiva.
  • Si el inmueble se encuentra ubicado fuera de la ciudad de Bogotá D.C, se debe presentar una copia más con destino a la Oficina de Catastro u Oficina de planeación municipal respectiva, con el fin de actualizar información.

 

Si se trata de constitución de un gravamen hipotecario, se entregará al acreedor hipotecario una primera copia completa del instrumento público, la cual prestará mérito ejecutivo.

Pérdida de la Copia que presta Mérito Ejecutivo

Si al acreedor hipotecario se le extravía o destruye la primera copia de la escritura pública que presta mérito ejecutivo, deberá presentar una solicitud de copia sustitutiva, conjuntamente con el deudor o solicitarla mediante orden judicial.